desplazamiento forzado
domingo, 18 de mayo de 2014
sábado, 19 de abril de 2014
Desplazamiento Forzado En Lineamientos Del Derecho Internacional Humanitario
Conceptualización
teórica de la problemática, retomando los lineamientos referenciados por el
Derecho Internacional Humanitario.
Para empezar, el desplazamiento forzado es la
obligación impuesta a personas o grupos de personas para emigrar del territorio
donde residen, hacia otro a causa de amenazas y fenómenos de violencia llevados
a cabo por grupos al margen de la ley donde se da lugar a una violación de los
derechos humanos. Este tipo de desplazados presentan gran impacto en todo lo
relacionado con la parte psicosocial, donde lazos sociales y culturales se ven
claramente afectados. También se evidencian rupturas familiares, carencia de
acceso a necesidades básicas tales como la alimentación, la vivienda y el
acceso a servicios de salud.
Es considerado como una violación del derecho
internacional humanitario, y se reconoce como delito tanto nacional como
internacional. En estas situaciones, el Estado es quien se considera debe
garantizar los derechos humanos, por lo tanto cuando existen violaciones es quien
debe brindar la reparación según lo establece La Corte Interamericana de
Derechos Humanos. De acuerdo con la Corte Constitucional, estas victimas tienen
el derecho a recibir reparaciones y que sus casos sean investigados.
Independientemente de las normas o principios que se acojan para el caso de
desplazamiento forzado sean internacionales o nacionales, manejan elementos en
común.
Este crimen de lesa humanidad es catalogado de esta
manera ya que afecta totalmente la integralidad de los seres humanos por lo que
el Estado debe castigar a los responsables de este hecho. De acuerdo con el
Estatuto de Roma, este crimen también se cataloga de esta forma. El Estatuto de
Roma es un instrumento que hace parte de la Corte Penal Internacional, este
define crímenes graves contra derechos humanos y derecho humanitario; se
dividen en categorías tales como crímenes de guerra, crímenes de agresión,
genocidio y crímenes de lesa humanidad. Teniendo en cuenta el desplazamiento
forzado, se cataloga exactamente en crímenes de lesa humanidad y crímenes de
guerra. En Colombia se adoptó dicho
estatuto mediante la Ley 742 de 2002, se declaró en la sentencia C-578 de 20021
y empezó a regir este mismo año. Se considera
también, un crimen de guerra al violar el derecho internacional humanitario.
El Derecho Internacional Humanitario hace parte del
derecho internacional y se trata de una serie de normas que se aplican
exactamente en los efectos de situaciones desencadenadas por el conflicto
armado. Dichas normas tienen el objetivos de limitar todo el sufrimiento humano
al que se llega con todos estos conflictos. Este derecho de guerra como también
es llamado, tiene sus orígenes en civilizaciones antiguas, el Tratado de
Armisticio y Regularización de la Guerra es un antecedente relevante de este.
Se diferencia de los derechos humanos ya que estos son aquellos que se
implementan en cada estado, sin embargo el Derecho Internacional Humanitario se
aleja un poco de un pensamiento político ya que se implementa bajo la necesidad
de limitar un sufrimiento humano. Este se encuentra en los Convenios de
Ginebra, al que pertenecen muchos Estados. Como ya se mencionó, su aplicación
se da en situaciones de conflicto armado mas no en casos de violencia que
ocurran al interior de un país. La cobertura de este DIH (Derecho Internacional
Humanitario) esta limitada a proteger personas que ya no hacen parte de los
conflictos como prisioneros de guerra o que no hacen parte como por ejemplo
religiosos o médicos. Todos ellos de la misma manera tienen derecho a la vida e
integralidad. El Derecho Internacional Humanitario (DIH) prohíbe sin lugar a
dudas el desplazamiento forzado, entendiéndose que la población no puede ser
forzada a abandonar su territorio debido a situaciones de conflicto.
Siguiendo
con estas normativas, hay que tener claro que el Sistema Interamericano de
Derechos Humanos como ya se mencionó, debe cumplir con la función de proteger y
promover los derechos humanos, sin embargo a este se le acude cuando se hayan
agotado recursos. Este Sistema se basa en la Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana de Derechos humanos y la
Carta de la OEA. Entre los instrumentos que lo componen, se encuentra la
Convención Americana y la Declaración Americana de Derechos y Deberes del
hombre. La Convención Americana, cuenta con la comisión interamericana de
Derechos Humanos que hace parte de la OEA y la Corte Interamericana de Derechos
Humanos es autónomo y estudia quejas y demandas debido a la violación de los
derechos humanos. Todo esto se lleva a cabo dependiendo del caso de
victimización donde se hayan violado los derechos humanos tras pasar todo el
conducto regular.
A nivel
nacional, ubicándonos en Colombia, existe una ley que se estableció y es quien
cobija a los desplazados; Ley 387 de 1997. Entretanto, esta ley menciona un
punto importante en el articulo 9º y es acerca del Plan Nacional para la
Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia. Dicho plan de
acción fue creado por el Consejo Nacional para la Atención Integral a la
Población Desplazada por la Violencia (CNAIP) en 7 de febrero del año 2005. Se llevaron a cabo
diferentes planes para precisamente alcanzar el objetivo de reconocer a las
victimas del desplazamiento y hacer valer sus derechos y del igual forma
brindarles una reparación. También, se efectúa una declaración de cosas
inconstitucionales en estos procesos de desplazamiento forzado para restablecer
dichos derechos vulnerados debido a diferentes factores; la Corte emite ciertas
ordenes que las autoridades competentes deben acatar y se establecen también
niveles de cumplimiento.
Al ser el
desplazamiento forzado considerado como un delito, se incluye en la Ley 599 de
2000 del Código Penal, al atentar contra las personas protegidas y a su vez es
un delito. En el articulo 159 de la Ley 599 de 2000 del Código penal “deportación, expulsión, traslado o
desplazamiento forzado de población civil. [Penas aumentadas por el
artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que, con ocasión y en desarrollo de
conflicto armado y sin que medie justificación militar, deporte, expulse,
traslade o desplace forzadamente de su sitio de asentamiento a la población
civil, incurrirá en prisión de ciento sesenta (160) a trescientos sesenta
(360) meses, multa de mil trescientos treinta y tres punto treinta y tres
(1.333.33) a tres mil (3000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e
inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ciento
sesenta (160) a trescientos sesenta (360) meses”2. mientras que en
el articulo 180 de la Ley 599 de 2000 del Código penal “Desplazamiento forzado. [Penas aumentadas por el artículo 14 de
la ley 890 de 2004] El que de manera arbitraria, mediante violencia u otros
actos coactivos dirigidos contra un sector de la población, ocasione que uno o
varios de sus miembros cambie el lugar de su residencia, incurrirá en prisión
de noventa y seis (96) a doscientos dieciséis (216) meses, multa de
ochocientos (800) a dos mil doscientos cincuenta (2.250) salarios mínimos
legales mensuales vigentes y en interdicción de derechos y funciones públicas
de noventa y seis (96) a doscientos dieciséis (216) meses” 3. De
igual manera se han establecido mas leyes que cobijan todos aquellos hechos de
violencia en el marco del desplazamiento forzado a causa del conflicto armado
colombiano y los derechos de esta población vulnerada, tema que se ahondara un
poco mas.
1 Ley 742 de 2002 Estatuto de Roma de la Corte Penal
Internacional. Recuperado de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5964
Las victimas del desplazamiento forzado. Pagina 5.
2 Código Penal Ley 599 de 2000. Artículo 159.
3 Código Penal Ley 599 de 2000. Artículo 180.
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Constitución Política de Colombia de 1991.
Situación De Desplazamiento Forzado En Colombia
Contextualización
que presente descripción grafica de dicha problemática en el país.
De acuerdo con la Constitución Política
de Colombia de 1991, el Articulo 1º de la Ley 378 de 1997 define que “Es desplazado toda
persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando
su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida,
su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o
se encuentran directamente amenazadas con ocasión de cualquiera de las
siguientes situaciones: Conflicto armado interno; disturbios y tensiones
interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los Derechos
Humanos, infracciones al Derecho Internacional humanitario u otras
circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar drásticamente
el orden público” 1.
El desplazamiento forzado es visto como una tragedia
a causa de condiciones traumáticas propiciado por un medio de violencia
inminente debido a un conflicto armado que al parecer no termina, se ha
acostumbrado a vivir en guerra y a retornar a la normalidad sin conciencia de
esto, por lo cual es una condición social casi permanente como se menciona en
las lecturas del modulo 3 de Violencia Sociopolítica: Una Visión Psicosocial. Se
estima que Colombia tiene el segundo lugar del mundo con mayor numero de
desplazados arrojando cifras entre 2 y 3 millones de desplazados teniendo en
cuenta que estos son personas campesinas, indígenas y afrodescendientes que son
vulnerados. Debido a esta situación, es claro que Colombia se enfrenta a un
desastre social debido a que no solo hay destrucción de la dignidad humana sino
también rupturas en ámbito cultural que de igual forma afecta el ambiente que
rodea a esta población, todo esto empeora debido a la circunstancias en que se
da, esta población en la mayoría de los casos no tiene como reclamar sus
derechos, por lo tanto estos son violados y no se toman medidas conforme a
esto. Dicho desplazamiento también ha conducido a un cambio demográfico de la
zona rural y urbana.
Desplazamiento Forzado en Colombia. Acción Social.
Recuperado de http://www.dps.gov.co/documentos/CIDH_Desplazamiento_Forzado_en_Colombia_Marzo_2010_para_Canciller%C3%ADa1.pdf
El conflicto armado en Colombia lleva una larga
historia, donde se calcula aproximadamente mas de 43 años de confrontaciones. Remontándonos
a la historia, esto no es algo de hoy en día, realmente inicio en los años 50
en el siglo pasado debido a conflictos de origen político, a dicho periodo se
le llamo la Violencia. Una segunda parte del conflicto se dio a partir de los
años 80 del mismo siglo cuando grupos paramilitares fueron creados para
enfrentar a la guerrilla, sin embargo,
en la década de los noventa el desplazamiento forzado se hace mas evidente
afectando millones de personas que en gran parte habitaban zonas rurales del
país; aquí se llevo a cabo un desarrollo excluyente acompañado del narcotráfico
y el conflicto armado. El desplazamiento que se dio en los años ochenta iba
enfocado a zonas de pobreza con territorios de frontera y ricos en cuanto a
recursos naturales, a causa de esto existe una reforma agraria. De acuerdo con
estudios, las mayores cifras se dieron entre el año 2000 y 2002 a causa de
ruptura de diálogos encaminados a la paz con los grupos al margen de la ley
como por ejemplo las FARC. En esta ultima década se ha observado como este tema
del desplazamiento forzado se ha visto como un atentado contra el ser humano ya
que es un fenómeno que hasta el día de hoy no deja de afectar a la población
colombiana.
La guerrilla, paramilitares, autodefensas y grupos de
delincuencia son considerados grupos al margen de la ley que en su mayoría
ejercen violencia contra la población vulnerable; forzando entrega de tierras,
para tomar control sobre ciertas zonas estratégicas que les convienen, si hay
tierras fértiles la obtención de estas para su propia economía con el objetivo
de explotar riquezas o cultivar drogas ilícitas, etc. Por todo esto, el
desplazamiento se da en áreas rurales donde las tierras por medio de la
violencia son obtenidas, haciendo de esta forma que las personas campesinas,
indígenas, afrodescendientes dejen sus tierras y lleguen a la ciudad en busca
de nuevas oportunidades.
De acuerdo con estudios llevados a cabo por La Comisión de Seguimiento de la sociedad
civil, se arrojan datos del 2007 donde se evidencio que la mayor parte de la
población desplazada se compone de mujeres, y entre las causas de
desplazamiento se encuentra la violencia sexual, esto claramente nos lleva a
pensar que no solo el mismo conflicto interno es causa de dichos
desplazamientos sino también hay gran parte de influencia desde la violencia
sexual hacia las mujeres.
En Colombia
la situación actual con respecto al desplazamiento forzado es compleja ya que
hay carencia de presencia de vigilancia por parte de autoridades competentes en
áreas que realmente requieren de esta supervisión, es claro que si existen
leyes que amparan a esta población y que igualmente leyes del Código Penal
contra los autores del conflicto, el gran problema es que los hechos de
violencia muy pocas veces son castigados y las garantías para los desplazados
no son cumplidas en su totalidad. Teniendo en cuenta esto y siguiendo un conducto
regular, es tan grave este hecho que es considerado como un delito de guerra
por entidades internacionales que también amparan a las personas victimas de
este tipo de violencia. Entonces la conclusión cuál es, actualmente se están
haciendo negociaciones en la Habano con el fin de lograr la paz, si esto se
consigue muy probablemente los índices de desplazamiento disminuyan y las
medidas que hay actualmente contra esto sean mas efectivas. Se debe también
tener en cuenta que no es simplemente dar una nueva vivienda a estas personas,
sino lograr una reparación integra; de acuerdo con el texto psicología social
de la guerra: trauma y terapia, surge el tema de la salud mental, en donde se
dice que los trastornos mentales afectan pueblos desarrollados. Sin embargo
aquí se dice que en vez de hablar de un trastorno mental, hablar de una situación
social ya que es la que esta afectan dicha salud mental como es el caso de
Colombia y El Salvador. Por todo lo anterior, es preciso ver a cada persona
afectada como un ser integral y trabajar para hacer valer sus derechos y
garantizar reparación y justicia.
1 Constitución Política de Colombia. ley 378 de 1997.
Artículo 1º
Desplazamiento Forzado en Colombia. Acción Social.
Recuperado de http://www.dps.gov.co/documentos/CIDH_Desplazamiento_Forzado_en_Colombia_Marzo_2010_para_Canciller%C3%ADa1.pdf
Bibliografía
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(2000) Guerra y
Salud Mental. En: Martín Baró, I. & Colab. (2000) Psicología
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trabajo para la cátedra virtual Ignacio Martín Baró.
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En: Martín Baró, I. & Colab. (2000) Psicología Social de la Guerra. El
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pasado: diseño de una intervención en violencia política. Documento
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(2007). Capitulo I Derechos de las victimas del desplazamiento forzado y
Capitulo II El desplazamiento forzado: un delito por visibilizar. Desplazamiento Forzado En Colombia Derechos,
acceso a la justicia y reparaciones. Recuperado de http://www.defensoria.org.co/red/anexos/publicaciones/desplazamiento.pdf
Victimas del desplazamiento forzado en Colombia.
Recuperado de http://ilsa.org.co:81/biblioteca/dwnlds/experiencias/5/1.pdf
Desplazamiento Forzado en Colombia. Acción Social.
Recuperado de http://www.dps.gov.co/documentos/CIDH_Desplazamiento_Forzado_en_Colombia_Marzo_2010_para_Canciller%C3%ADa1.pdf
Desplazamiento Forzado en Colombia crimen y tragedia
humanitaria. (2010). Colombia. Boletín especial Peace Brigades
International Colombia. Recuperado de http://www.ddhh-colombia.org/html/noticias%20ddhh/pbidesplazamiento02032010.pdf
El desplazamiento forzado en Colombia reinvención de
la identidad e implicaciones en las culturas locales y nacional. (2001).
Revista Electrónica de Geografía y Ciencias Sociales. Recuperado de http://www.ub.edu/geocrit/sn-94-37.htm
Constitución Política de Colombia de 1991.
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